EL DIFÍCIL CAMINO DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN

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El proceso para acceder al documento firmado el 28 de febrero pasado por el Poder Ejecutivo con la empresa HIF por la producción de combustibles sintéticos terminará insumiendo cinco meses.

El acceso a la información se reconoce como un Derecho Humano, siendo obligación del Estado garantizar su ejercicio. En especial el acceso a la información ambiental está determinado por la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 18.381) y especialmente por el Artículo 5º del Acuerdo de Escazú que en nuestro país es la Ley 19.773.

En este caso se trata de conocer los compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo con HIF, en lo que se dijo es el paso previo a un “contrato de inversión”, el que como sucedió en el caso de UPM, y antes con Montes del Plata, el Poder Ejecutivo estaría negociando en secreto. Como los anteriores, este contrato que comprometerá por décadas al Uruguay y los uruguayos se firmaría sin conocimiento previo del Poder Legislativo, cuyos integrantes, salvo una excepción, no han movido un dedo para conocer el tenor de la negociación y menos para intervenir en ella como representantes que son de todos nosotros.

Desde el MOVUS entendemos que es contrario a los intereses del Uruguay la firma de estos contratos, con ellos se generan diferencias injustificadas entre empresas, a la vez que colocan a las empresas contratantes al mismo nivel del Estado en cuyo territorio y bajo cuyas leyes esas empresas esperan desarrollar actividades.

En el caso concreto del documento firmado el 28 de febrero en la Torre Ejecutiva por el Secretario de la Presidencia y varios Ministros, el mismo no se hizo público, por lo que el 5 de marzo se presentó por parte de Raúl Viñas, integrante del MOVUS, patrocinado por el Abogado Rodrigo Speranza, una solicitud para acceder al contenido del mismo. 

El 9 de abril la Prosecretaría de la Presidencia notificó que el tiempo había sido "exiguo" para acceder a lo solicitado, seguramente no más de cuarenta fotocopias y el 7 de mayo notificó que no se daría acceso al documento por tener el mismo una “cláusula de confidencialidad” y por haber una resolución de Presidencia de la República, del 2 de mayo, declarando confidencial el documento y todo lo actuado entre el Poder Ejecutivo y la empresa HIF

Después de acciones preparatorias, se presentó una demanda de acceso en el Poder Judicial y el 18 de junio tuvo lugar la primera Audiencia. En ella los representantes del Poder Ejecutivo pidieron una prórroga para consultar con la empresa HIF sobre la entrega del Anexo al documento y la segunda Audiencia tuvo lugar el lunes 24 de junio.-

El miércoles 26 de junio el Juez dictó sentencia ordenando al Poder Ejecutivo la entrega, en un plazo de quince días, del documento firmado y su anexo, reservando como confidencial la información económico financiera de la empresa HIF que pudiera haber en el mismo.

Finalizada la feria judicial menor, el Poder Ejecutivo presentó un escrito que extraoficialmente supimos contiene la información que con tanto celo el Poder Ejecutivo se negó a entregar, a la que esperamos tener acceso finalmente el próximo lunes 22 de julio.

El proceso para poder ejercer nuestro derecho insumió, con costos para nosotros y el Estado; una Solicitud de Acceso a la Información, tres resoluciones de la Prosecretaría y una de la Presidencia de la República, una Demanda Judicial, alegatos, dos audiencias y una sentencia judicial a nuestro favor.

Habrán transcurrido desde que se inició el proceso casi cinco meses, cuando finalmente el lunes dispongamos de la información que el Poder Ejecutivo se negó a entregar, la analizaremos y difundiremos en nuestra web y en un próximo comunicado.

  :                                                                                                                Montevideo 19 de Julio de 2024

 

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